Aclaración: violencia de género, doméstica, y defensa legal ante el maltrato y el asesinato

Cuando una mujer asesina a un varón, el crimen se juzga por la ley general que condena el asesinato. Igual pasa con las agresiones (físicas, concretamente). Si una mujer asesina a un hombre va a juicio y es condenada porque el asesinato está prohibido en nuestra sociedad. Las mujeres, por tanto, si asesinan, no son perdonadas por asesinar. Van a juicio. Igual ocurre si agreden o torturan/maltratan, y si maltratan a menores tendrá su agravante, porque la ley protege a la infancia. Se les aplica la ley contra agresiones y torturas, que es la ley común contra este tipo de violencia.

El número de mujeres que usan la violencia contra los hombres y asesinan a hombres es bajísimo, no porque las mujeres no puedan ser violentas, o asesinar, son humanas (cualquier ser humano es capaz de este crimen), sino porque en la cultura patriarcal se las socializa con una prohibición de recurso a la violencia física de asesinato o maltrato (físico). Por lo que mujeres asesinando a hombres, este tipo de violencia, no es un problema social. Por esto NO hay una ley específica que aborde el problema social, porque no es un problema social. Pero esto no significa que a ellas no se las condene por violencia física cuando la ejercen.

Sin embargo, cuando un hombre asesina a una mujer, concretamente en el contexto familiar (que es el uno de los casos de violencia de género que reconoce la ley), o cuando un hombre maltrata (especialmente físicamente) a una mujer o a menores, concretamente en el contexto familiar, nuestra legislación sí considera que eso, dado el número de casos, es un problema social, y por tanto hay una ley específica.

Igual pasa con los crímenes del odio (xenófobos, racistas, homofóbicos, transfóbicos, con menores, con personas ancianas…), y la violencia de género también lo es.

Por tanto, «violencia de género» no signfica «violencia del hombre a mujer o de la mujer al hombre, indistintamente», porque los casos no son iguales en las sociedades patriarcales en transición hacia sociedades regidas por el respeto a los derechos humanos de todas las personas, al margen de su sexo, género, sexualidad, estatus, grupo cultural… Violencia de género es sinónimo de violencia machista y de violencia misógina, legalmente y en la comprensión evolucionada de la violencia en nuestra sociedad.

Finalmente, «violencia doméstica» no es sinónimo de «violencia de género» aunque según las estadísticas y la realidad social la mayoría de los casos de violencia doméstica son también violencia de género. La violencia doméstica incluye los casos de mujeres maltrando a hombres, menores, y mayores. Y obviamente, los casos, mucho más numerosos, de hombres maltratando a mujeres, menores y mayores.

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